Junto con todo lo anterior, en el artículo 5.seven del Reglamento Normal de Conductores también se permite que las personas que tengan el carnet B (el de coche) en vigor y más de tres años de experiencia puedan conducir motos de la clase A1. Su equipo de profesionales altamente cualificados https://preguntas-para-el-examen60268.blog-mall.com/34952186/not-known-details-about-foto-del-carné-de-conducir-español