No obstante lo anterior, la parte B del anexo I y la parte B del anexo V entrarán en vigor a los seis meses de la publicación del Vivo Decreto en el «Boletín Oficial del Estado». 3.º Las ventanas y vanos de iluminación cenital deberán poder limpiarse sin aventura para https://griffingpuzf.blogginaway.com/34645564/la-última-guía-a-seguridad-y-salud-en-el-trabajo-fusagasuga